Comentarios

  1. Isaac Carrasco

    Buenas tardes, no encuentro el apartado en el que explica con cuanto tiempo tienen que notificar al empleado los cambios de turno o actividades dentro del turno, por ausencia de un compañero, baja de compañero o ajuste de horarios de la instalación. Sé que hay un mínimo de tiempo en el que el empleado puede aceptar o negarse. Gracias

  2. Manuel Martin

    Una mierda. Como siempre. Salarios míseros y condiciones de trabajo extremas y poco controladas por la inspección de trabajo… y lo de las horas complementarias, un exceso que aprovechan los empresarios para reducir el coste laboral y tener a los trabajadores con menos horas fijas. Además, para colmo este año querían quitar los días laborables de vacaciones por días naturales, lo que faltaba ya. Menos mal que al final no han cedido los sindicatos.

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